Normativa vigente de montacargas. Normalmente, la mayoría de industrias, comercios, hoteles, hospitales e incluso algunas viviendas unifamiliares necesitan de un montacargas para transportar mercancías. Estos, deben estar sujetos a una ley de montacargas en concreto.
¿Quieres saber cuál es la normativa de los montacargas? Te explicamos la legislación:
- Normativa de montacargas para personas
- Normativa de Montacargas Industriales
- Mantenimiento periódico
Normativa Montacargas para personas
La normativa de montacargas para personas se rige por el RDL 2291/1985 así como en las posteriores modificaciones, reglamentos, anexos y transposiciones de la normativa común. Del mismo modo, se deben realizar las Inspecciones de montacargas técnicas obligatorias tal cual marca el calendario de la ley y la Comunidad Autónoma donde está instalado el montacargas. Del mismo modo, debe superar estas inspecciones si se ha realizado algún cambio sustancial o a habido algún incidente. Es importante cumplir la normativa de revisiones de montacargas tanto para personas como para mercancías.
Normativa de Montacargas Industriales
Por otro lado, la normativa para montacargas industriales afecta a aquellos montacargas cuya función es la de transportar exclusivamente mercancías. Para ello, en el artículo RLD 1215/1997, quedan registradas los requisitos mínimos de seguridad para el uso por parte de los trabajadores.
El objetivo del presente Real Decreto es: “establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo empleados por los trabajadores en el trabajo”.
Además, de la normativa de los montacargas, la ley añade que el empresario tiene una serie de obligaciones. Su papel, es el de minimizar las amenazas y riesgos que constituyan un peligro para el trabajador a la hora de usar este tipo de aparatos.
El objetivo de esta normativa, es que los trabajadores no corran ningún tipo de riesgo a la hora de utilizar un montacargas gracias a que se ha realizado una inspección previa.
Mantenimiento Periódico
Además de las inspecciones obligatorias, es recomendable y esencial un mantenimiento obligatorio de montacargas. Es por eso que, en Aicon Elevadores insistimos en todo tipo de instalaciones que realizamos a tomar las medidas de seguridad que hagan falta, y pruebas regulares, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud.
Un mantenimiento regular, permitirá atender desperfectos o averías puntuales para garantizar la seguridad de usuarios y el transporte de mercancías. Este mantenimiento, dará pie a acciones correctivas para reparar y arreglar las averías del montacargas fruto del desgaste de su uso.
Existe, además, la obligación de formar a los trabajadores en cuanto a normativa de los montacargas, así como de su uso.
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Hola buenas me gustaría conocer si un montacoches con personas en el interior del vehículo. De una vivienda unifamiliar están obligados a realizar inspecciones periódicas. La instalación es en la comunidad autónoma de Castilla y León
¡Buenos días Mario! Si el montacoches se usa con la persona en el interior, sí, es obligatorio realizar las inspecciones periódicas. Sin embargo, si durante el desplazamiento, la persona no va dentro, no, ya que se usaría como montacargas.
buenas vamos a parar el montacargas ya que por no uso daremos de baja el mantenimiento y por ahorro energético, La empresa que está contratada hasta la fecha como mantenimiento nos dice que aparte de darnos de baja van a paralizar el montacargas, Tienen el derecho de paralizarle ?cuando no es suyo solo han realizado el mantenimiento.
Hola Julio,
desconocemos las cláusulas que se han establecido en el contrato de mantenimiento establecido entre ambas partes, por lo que lamentablemente no podemos ofrecerle una respuesta.
Si necesitan un asesoramiento más profundo, no duden en ponerse en contacto con nuestra compañía a través de info@aiconelevadores.es
Un saludo