Debo pagar el ascensor si vivo en un bajo

¿Tengo que pagar el ascensor si vivo en el bajo?

¿Debo pagar el ascensor si vivo en un bajo? La primera respuesta a esta pregunta sería que los propietarios de bajos y locales comerciales están obligados a pagar el ascensor según la cuota de participación correspondiente.

¿Qué dice la ley? Ya que se trata de un tema que genera discusión en muchas comunidades, vamos a explicarte todo lo relacionado con este tema.

¿Tengo que pagar el ascensor si vivo en el bajo?

De acuerdo con la ley vigente, la Ley de Propiedad Horizontal, si se acuerda contar con un ascensor en la comunidad, todos los propietarios están obligados a aceptarlo ya que es una mejora en comodidad y valoración de la vivienda. Existe la posibilidad de que, si hay una persona discapacitada o mayor de 70 años, se podría aprobar con mayoría simple.

En cuanto a lo que nos interesa: los bajos y locales comerciales están obligados a pagar la instalación ya que supone una revalorización del edificio. Sin embargo, como vas a leer a continuación los gastos de mantenimiento dependerá de cómo se haya decidido en la comunidad, ya que no hacen uso de él

¿Tengo que pagar los gastos de mantenimiento del ascensor si vivo en el bajo?

¿Los propietarios de bajos tienen que pagar los gastos de mantenimiento del ascensor? En este caso, los gastos de mantenimiento del ascensor, no tienen la obligación de pagarlos si se llega a un acuerdo en la comunidad. Sin embargo, debemos hacer una matización en este punto, ya que los gastos que no tienen por qué pagar son los ordinarios, pero sí que deben hacer frente a los extraordinarios.

Para que este hecho sea efectivo, debe existir una cláusula que exonere del pago, ya que, con la ley en la mano, se les puede obligar a hacer frente a los pagos, a pesar de que no hagan uso del ascensor ni lo necesiten.

A pesar de esto, cada caso es único y en cada uno de ellos la solución puede ser diferente.

En resumen, si hay instalación de ascensor, todos los vecinos hacen frente al pago y a los gastos extraordinarios. Por el contrario, los gastos de mantenimiento, harán frente todos los propietarios y, si se llega a un acuerdo, los vecinos que no hagan uso de él no incurrirán en ningún gasto.

12 comentarios en “¿Tengo que pagar el ascensor si vivo en el bajo?”

  1. Pingback: Ley de propiedad horizontal en la instalación de ascensores

    1. El pago es obligatorio para los bajos ya que supone una revalorización del edificio. Sin embargo, esto dependerá si se llega a un acuerdo en la comunidad de vecinos o se establece en los estatutos de la comunidad.

  2. Buenas,
    Vivo en un bajo y se va instalar ascensor, resulta que la entrada al ascensor estará colindante con la entrada a la vivienda, ya puede imaginar las molestias que puede ocasionar, puedo reclamar una indemnización o exigir q la entrada sea por el patio, el ascensor ya por la fachada

    1. Buenas Alejandro! Encantados de saludarle. Si el espacio que usted nos comenta es de zona común, y hay mayoría y acuerdo para la instalación ahí (porque es la mejor opción, por ejemplo), debe instalarse ahí y usted no tiene derecho a ningún tipo de indemnización. Para cualquier otra cosa, no dude en contactar con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.

  3. Buenas tardes,

    En mi comunidad se aprobado la instalación del ascensor y se ha realizado otra votación a favor para exonerar el pago de la instalación a los bajos.

    ¿Es legal? Soy el único que ha votado en contra y mi parte a pagar se ha incrementado en un 20%.

    Un saludo

    1. Buenas tardes Juan! Una comunidad de propietarios es como una democracia, lo que se vote por mayoría es lo que se lleva a cabo. Además, también es importante lo que se establezca en los estatutos de la comunidad.

      1. Y si una mayoría de propietarios(empresa) y no vecino ,deciden estrangular económicamente, pero eso si, de forma Democrática, a un vecino de toda la vida, para que se vaya, con el único objetivo de revalorizar la vivienda(negocio). Permíteme que no le responda de lo que pienso su extraordinaria democracia, perdóneme.

        1. Hola Conchi,

          deberá revisar los Estatutos de su comunidad de vecinos para observar qué es lo estipulado respecto a esta situación. Del mismo modo, si tiene la oportunidad de hablar con su administrador, sería lo más correcto.

          Un saludo

  4. Buenas tardes tengo 73 años y una discapacidad del 46%,tenemos el proyecto y el visto bueno de viabilidad de poder instalar el ascensor pero los vecinos menos uno han votado en contra, entonces en la reunión de propietarios se ha votado en contra de instalar el ascensor, como puedo obligar a la comunidad a poner dicho ascensor, gracias
    Y saludos.

    1. Hola Ángel! Por ser mayor y tener discapacidad no se pueden negar a la instalación. Lo que si que pueden hacer es los gastos que soporte cada vecino es la cuota mensual multiplicada por 12 mensualidades. Es lo único que se puede hacer pagar.

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